El Banco Central del Ecuador establece comisión por registro tardío de créditos externos privados

Mediante Resolución No. BCE-GG-071-2018, el Banco Central del Ecuador resolvió establecer el 0,25% de comisión sobre el monto del crédito externo privado, en caso de que su registro exceda más de 45 días hasta 180 días calendario, contados desde la fecha de desembolso. Esto implica que podrán registrarse créditos de manera tardía, entre el día 46 y el día 180 contados a partir de la fecha del desembolso, previo pago de la comisión del 0,25% sobre el monto total del crédito. Después del día 180, los créditos externos privados no podrán ser registrados.

La resolución se encuentra vigente desde su publicación en el Registro Oficial No. 281, el 11 de julio de 2018.

23.07.2018

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

01.12.2025

La SPDP fija criterio sobre requisitos académicos del delegado de protección de datos

24.11.2025

El Ministerio del Trabajo introduce nuevos criterios para el registro del protocolo de prevención de acoso laboral

24.11.2025

Resolución del SRI introduce requisitos y reglas de exoneración del impuesto a la propiedad de vehículos eléctricos en Ecuador

24.11.2025

Reglamento general a la Ley para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en Ecuador