Mediante Resolución No. 05-2018, la Corte Nacional de Justicia expide un pronunciamiento general y obligatorio acerca del procedimiento de excusa de los jueces. En lo principal, el pronunciamiento de la corte dice lo siguiente:
- La excusa de un juez unipersonal la resolverá otro del mismo nivel y materia. Cuando se trate de uno o dos juzgadores que integren un tribunal, la resolverá el o los jueces hábiles. En caso de excusa de todos los jueces de un tribunal, resolverá otro tribunal del mismo nivel.
- Para resolver la excusa no se convocará a audiencia.
- La negativa de una excusa presentada por juezas o jueces, conjuezas o conjueces, tendrá el carácter de definitiva al no estar su impugnación prevista en la ley.