Nueva prórroga para la exigibilidad del requisito de contar con seguro de salud para los extranjeros que ingresan al Ecuador

El Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana estableció que el requisito de seguro de salud por el tiempo de permanencia para las personas extranjeras que ingresan al Ecuador será exigible en los ciento ochenta (180) días posteriores a la entrada en vigencia del Reglamento. Consecuentemente, el requisito sería exigible desde el 6 de febrero de 2018.

Posteriormente, mediante Decreto Ejecutivo No. 310, el Presidente de la República extendió dicha obligación por noventa (90) días adicionales (contados desde la publicación del Decreto en el Registro Oficial). Consecuentemente, la obligación sería exigible desde el 1ero de mayo de 2018.

Sin embargo, el pasado 23 de abril, el Presidente de la República expidió el Decreto Ejecutivo No. 378 que concede una prórroga adicional para la exigibilidad del requisito de contar con seguro de salud por el tiempo de permanencia para las personas extranjeras que ingresan al Ecuador. Ahora, el requisito será exigible una vez que se cumplan noventa días contados a partir de la entrada en vigencia del decreto, esto es, el 22 de julio de 2018.

02.05.2018

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