Nuevas normas que reglan el procedimiento de devolución de IVA a exportadores

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC18-0012, el Servicio de Rentas Internas estableció las normas que regulan el procedimiento y requisitos para la devolución de IVA a los exportadores de bienes, incluyendo la devolución provisional automática, la devolución provisional mediante compensación automática con retenciones de IVA efectuadas, y la devolución excepcional.

La Resolución establece que las solicitudes de devolución de IVA se presentarán por períodos mensuales, excepto cuando los bienes objeto de la exportación sean de producción o elaboración cíclica, en cuyo caso las solicitudes de devolución de IVA, por dichos períodos, se presentarán una vez efectuada la exportación. Se entiende como producción o elaboración por períodos cíclicos a aquellos procesos de producción o elaboración que generen el bien exportable cada determinado período de tiempo, siempre que sea mayor a un mes.

También determina que los mecanismos de devolución de IVA pagado y retenido por los exportadores de bienes son:

  1. Devolución provisional automática.
  2. Devolución provisional mediante compensación automática con retenciones de IVA efectuadas.
  3. Devolución excepcional.

En el siguiente enlace podrá encontrar el texto íntegro de la Resolución, en la cual constan los requisitos y procedimientos para cada uno de los mecanismos: Normas_Devolucion_IVA_Exportadores

14.02.2018

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