Desde diciembre operan dos nuevos servicios en línea del Servicio de Rentas Internas

Desde diciembre de 2017, el Servicio de Rentas Internas pone a disposición de los contribuyentes dos nuevos servicios en línea:

  1. La actualización de RUC; y,
  2. El cálculo de multas e intereses de declaraciones de impuestos atrasadas.

 

Actualización de RUC

Las personas naturales ahora cuentan con dos nuevas opciones en línea al momento de actualizar el RUC:

  1. Modificar sus actividades económicas en establecimientos previamente abiertos; y,
  2. Registrar nuevos establecimientos.

Para acceder a estas dos nuevas opciones, los contribuyentes deben ingresar con su usuario y contraseña a Servicios en Línea en www.sri.gob.ec, y en el menú General dar clic en las opciones Actualización de RUC / Actualización de RUC (Personas Naturales y Sociedades).

Una vez procesada la actualización, el contribuyente puede reimprimir su RUC en la opción Certificados Tributarios / Reimpresión de RUC. La confirmación de las actualizaciones exitosas o fallidas, serán comunicadas a los contribuyentes a través de su correo electrónico.

Adicionalmente, el contribuyente puede actualizar la dirección, medios de contacto, nombre comercial, tipo de establecimiento, información del contador, así como cerrar establecimientos adicionales, sin necesidad de acudir a las oficinas del SRI.

 

Cálculo de multas e intereses

Los contribuyentes disponen de un nuevo servicio para calcular automáticamente, tanto en los formularios en línea como en los cargados con archivos XML, los valores de multas e intereses por declaraciones atrasadas, de los siguientes impuestos:

  • 101: Impuesto a la Renta de sociedades;
  • 102: Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad;
  • 102A: Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad;
  • 103: Retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta;
  • 104: Impuesto al Valor Agregado para personas naturales obligadas a llevar contabilidad;
  • 104A: Impuesto al Valor Agregado para personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad;
  • 105: Impuesto a los Consumos Especiales;
  • 109: Impuesto a la Salida de Divisas; y,
  • 122: Impuesto a la Renta para Organizaciones de la Economía Popular y Solidaria (Régimen Simplificado).

Para acceder a este nuevo servicio, los contribuyentes deben ingresar a Servicios en Línea en www.sri.gob.ec con su usuario y contraseña, seleccionar la opción Declaraciones / Declaración de impuestos y escoger el formulario correspondiente al impuesto a pagar.

En los formularios en línea, para el cálculo automático de multas e intereses, el contribuyente debe escoger el ícono correspondiente, luego seleccionar la forma de pago y finalmente dar clic en Enviar. Para el caso de los formularios ingresados con archivos XML, debe cargar la declaración y el sistema calcula automáticamente las multas e intereses correspondientes.

Los instructivos para el llenado de los formularios y el cálculo de multas e intereses se encuentran publicados en la página web institucional www.sri.gob.ec en la opción Inicio / Declaración de Impuestos / Formularios e instructivos.

11.12.2017

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