Nuevo procedimiento de devolución de valores por declaraciones duplicadas

Desde junio de 2017 se encuentra en funcionamiento un nuevo procedimiento del Servicio de Rentas Internas (SRI), para facilitar la devolución de valores por declaraciones duplicadas realizadas por los contribuyentes.

El procedimiento opera cuando:

  1. Se da una recepción simultánea de más de una declaración por el mismo impuesto y período fiscal;
  2. El contribuyente omitió incluir el valor pagado de la declaración original en el casillero de pago previo (en su declaración sustitutiva)
  3. Existe un error al escoger la cuenta a debitar.

 

Si uno de esos tres casos ocurre, el contribuyente tiene dos opciones:

  1. Si la declaración y pago de impuestos se realizó a través de débito a la cuenta, se puede solicitar al SRI la suspensión de la orden de débito al correo recaudacion@sri.gob.ec hasta máximo las 10:00 del siguiente día hábil de la fecha máxima de pago detallada en el comprobante electrónico de declaración. Si el pedido es aprobado, se solicita al contribuyente que entregue la petición respectiva en las oficinas de Secretaría del SRI a nivel nacional.
  2. En el caso de que los valores hayan sido debitados de la cuenta o se cancelaron con otras formas de pago, el contribuyente podrá ingresar un reclamo de pago indebido o una solicitud de pago en exceso. El trámite tarda 72 horas en ser resuelto.

03.07.2017

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

18.05.2026

La Procuraduría General del Estado fija criterios sobre la facultad municipal para modificar el impuesto a la plusvalía

18.05.2026

Recordatorio: el toque de queda nocturno del estado de excepción vence este lunes 18 de mayo

11.05.2026

La SPDP aclara criterios para determinar cuándo un tratamiento de datos personales es realizado a gran escala

11.05.2026

La Comunidad Andina dispone a Ecuador y Colombia la eliminación de los aranceles recíprocamente