El miércoles 1 de febrero de 2017, se publicó en el Registro Oficial No. 935 la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura aprobada el 16 de enero del mismo año, que contiene la Reforma a la Resolución 010-2015 de 29 de enero de 2015, mediante la cual el Pleno del Consejo de la Judicatura expidió el Reglamento del Sistema Notarial Integral de la Función Judicial.
Nuevas tarifas por inscripción de contratos de arrendamiento
DESDE | HASTA | SALARIO BÁSICO UNIFICADO |
$ 0 | $ 375.00 | 10% del Canon de Arrendamiento |
$ 375.01 | $ 1,500.00 | 0.10 |
$ 1,500.01 | $ 5,000.00 | 0.15 |
$ 5,000.01 | $ 10,000.00 | 0.20 |
$ 10,000.01 | EN ADELANTE | 0.30 |
*La tarifa incluye tres ejemplares, uno para el registro del notario y los dos restantes para los usuarios
Nuevas tarifas por la prestación de servicios notariales con cuantía indeterminada
ACTOS, CONTRATOS Y DILIGENCIAS NOTARIALES | TARIFA POR PRESTACION DE SERVICIOS |
Certificación de documentos | – Por cada foja (anverso y reverso) de documentos exhibidos en original o compulsas para su certificación, se fija como tarifa un dólar con cuarenta centavos (USD $ 1,40).
– Para la certificación de cada plano exhibido en original o compulsa se fija la tarifa de tres dólares (USD $ 3,00), sin perjuicio de la fotocopia. |
Certificación de documentos materializados desde página web o de cualquier soporte electrónico | – Para la certificación de página web o cualquier documento en soporte electrónico, se fija la tarifa de dos dólares (USD $ 2,00) por foja, de la cual se conservará un ejemplar en el Libro de Certificaciones. |
Certificación electrónica de documentos desmaterializados | – Por la certificación electrónica de un documento desmaterializado, se fija la tarifa de diez dólares (USD $ 10,00) por foja (anverso y reverso).
– El respaldo electrónico de la información no tendrá costo adicional. |
Certificación electrónica de documento electrónico | – Por la certificación electrónica de un documento electrónico original con firma electrónica, se fija la tarifa de cinco dólares (USD $ 5,00) por foja (anverso y reverso). |
Renuncia y Extinción de Usufructo, Uso y/o Habitación | – Por la renuncia y/o extinción de usufructo, uso, y/o habitación se fija la tarifa del treinta por ciento (30%) de un Salario Básico Unificado. |
Razón Marginal | – Por cada razón marginal que se anote en la matriz, así como por cada razón en los testimonios o copias certificadas de las escrituras se fija la tarifa del cinco por ciento (5%) de un Salario Básico Unificado.
– Por el concuerdo o razón que se anote en las copias de archivo (a partir de la tercera copia) se fija como tarifa el uno punto cuatro por ciento (1.4%) de un Salario Básico Unificado. – Las razones marginales solicitadas de oficio por la Superintendencia de Compañías o de cualquier entidad pública, no tendrán ningún costo. |
Nuevas tarifas para Poderes Generales, Poderes Especiales, Contratos de Mandato y Procuraciones Judiciales
- Por otorgar, modificar, ampliar, delegar y revocar poderes generales, poderes especiales y procuraciones judiciales de personas naturales, se fija la tarifa del doce por ciento (12%) de un Salario Básico Unificado.
- Para contratos de mandato de personas naturales se fija la tarifa del diez por ciento (10%) de un Salario Básico Unificado.
- Por otorgar, modificar, ampliar, delegar y revocar poderes generales, poderes especiales y procuraciones judiciales de personas jurídicas la tarifa será del cincuenta por ciento (50%) de un Salario Básico Unificado. Para contratos de mandato de personas jurídicas se fija la tarifa del cincuenta por ciento (50%) de un Salario Básico Unificado.
- En los casos en que la revocatoria de poderes, generales, especiales, contratos de mandato y procuraciones judiciales se realicen en la misma notaría en la que fueren otorgados, el costo de la marginación que el notario sentará en la escritura matriz del poder, mandato o procuración judicial, estará incluido en la tarifa de la revocatoria.
Nuevas tarifas por prestación de servicios fuera del despacho
La prestación del servicio notarial fuera del despacho causará el incremento en la tarifa del quince por ciento (15%) de un Salario Básico Unificado (S.B.U.); excepto en las diligencias referentes a la negativa de recepción de tributos o documentos, apertura de casilleros, notificación de traspaso de un crédito, requerimiento al deudor para constituirlo en mora, desahucio, sorteo u otra constatación notarial, recepción de pleno derecho en materia de contratación pública, requerimiento para el cumplimiento de la promesa de contrato, la notificación de revocatoria de mandato o poder.