El 20 de diciembre de 2016, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Código de Ambiente. De acuerdo al artículo 1 del mismo, el Código tiene por objeto garantizar el derecho de las personas a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como proteger los derechos de la naturaleza para la realización del buen vivir. El Código regula los derechos, deberes y garantías ambientales contenidos en la constitución y en los instrumentos que fortalecen su ejercicio. Además, refuerza los derechos de la naturaleza reconocidos en la Constitución, y determina deberes y responsabilidades para el Estado y las personas, con miras a la protección de la misma.
Entre las principales innovaciones del Código se encuentran:
- Se amplía el alcance del principio de in dubio pro natura, que es un principio de precaución a favor de los recursos naturales
- Se modifica el Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental, para prevenir, reparar y sancionar la contaminación y los daños ambientales
- Se incorpora la facultad de la Autoridad Nacional Ambiental para redelimitar o cambiar la categoría de las áreas protegidas, cuando no cumplen sus funciones biológicas y ambientales
- Se ratifica de forma íntegra el mandato popular de la consulta de 2011 sobre los espectáculos públicos con animales y se reafirma que la regulación final les corresponde a los municipios
- Se prohíbe la cacería deportiva y se dispone la obligación de regulación por parte de los gobiernos autónomos descentralizados a la pelea de gallos, rodeo montubio y toros de pueblo
- Se reconoce la participación estratégica de los recicladores para el manejo de residuos sólidos en las ciudades y con ello se reivindica su labor
- Se hace relevancia a la importancia de contar con incentivos ambientales que contribuyan a mejorar nuestras prácticas y hábitos
- Se incorpora un sistema innovador para la aplicación de sanciones, bajo parámetros técnicos y adhiere la educación ambiental en todos los niveles del sistema educativo.