El Presidente Rafael Correa emitió el 12 de diciembre de 2016 el Decreto Ejecutivo por el cual convocó a una consulta popular para prohibir ejercer un cargo público de elección popular a aquellas personas que tengan bienes o capitales en paraísos fiscales. El decreto llegó al Consejo Nacional Electoral luego de que la Corte Constitucional se pronunció favorablemente sobre la constitucionalidad del proceso.
El 22 de diciembre de 2016 se publicó en el Registro Oficial la convocatoria expedida por el Consejo Nacional Electoral. En ella se convoca a todos los ecuatorianos mayores de dieciocho años con derecho a ejercer el voto a Consulta Popular para que se pronuncien sobre la siguiente pregunta:
¿Está usted de acuerdo en que, para desempeñar una dignidad de elección popular o para ser servidor público, se establezca como prohibición tener bienes o capitales, de cualquier naturaleza, en paraísos fiscales?
En el plazo de un año, contado a partir de la proclamación de los resultados definitivos de la presente consulta popular, la Asamblea Nacional reformará la Ley Orgánica de Servicio Público, el Código de la Democracia y las demás leyes que sean pertinentes, a fin de adecuarlos al pronunciamiento mayoritario del pueblo ecuatoriano. En este plazo, los servidores públicos que tengan capitales y bienes, de cualquier naturaleza, en paraísos fiscales deberán acatar el mandato popular y su incumplimiento será causal de destitución.
Sobre la consulta popular
La Consulta Popular se realizará el día domingo 19 de febrero de 2016, desde las 07h00 (siete de la mañana) hasta las 17h00 (cinco de la tarde); las ciudadanas y los ciudadanos, para ejercer su derecho al sufragio, deberán concurrir con su cédula de ciudadanía, de identidad o pasaporte, a la Junta Receptora del Voto donde se encuentren debidamente empadronados.
Sobre la propaganda electoral
La propaganda electoral para el proceso de Consulta Popular, iniciará desde el día martes 3 de enero hasta las 23h59 del jueves 16 de febrero de 2017, dentro de este periodo sólo el Consejo Nacional Electoral podrá hacer publicidad electoral para informar del contenido de la Consulta Popular.
Ninguna institución que forme parte del sector público podrá realizar propaganda, publicidad o utilizar sus bienes o recursos con fines electorales para el proceso de la presente Consulta Popular; así mismo, se prohíbe la entrega de donaciones, dádivas o regalos que induzcan a las y los electores, para que se pronuncien a favor o en contra de una posición o preferencia electoral.
Sobre la participación de organizaciones políticas y sociales
El 14 de diciembre de 2016, el Consejo Nacional Electoral expidió también el reglamento para la participación de organizaciones políticas y sociales. Este establece y norma las actuaciones, procedimientos y regulaciones de las organizaciones sociales y políticas, instituciones estatales, medios de comunicación, y cualquier otra persona natural o jurídica en lo que respecta a la consulta popular de Paraísos Fiscales.