El SRI establece las comisiones por concepto de servicios bursátiles gravadas con tarifa 0% de IVA

El numeral 5 de la Disposición Transitoria Décima Sexta de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento y Optimización del Sector Societario, vigente desde 2014, estableció que tendrán tarifa 0% del Impuesto al Valor Agregado (por cinco ejercicios fiscales a partir de la vigencia de la misma) las comisiones por concepto de servicios bursátiles, definidas por resolución del Servicio de Rentas Internas.

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000393 de 16 de septiembre de 2016, el Servicio de Rentas Internas estableció que las comisiones por concepto de servicios bursátiles gravadas con tarifa 0% serán las siguientes:

Para Bolsas de Valores:

1 Comisión por el uso de la infraestructura física y tecnológica para el acceso transparente a las propuestas de compra y venta de valores inscritos.
2 Comisión por el uso del Sistema Único Bursátil SIUB, para la negociación bursátil de los valores e instrumentos financieros.
3 Inscripción y mantenimiento para que los emisores puedan realizar la negociación de los valores.

Para Casas de Valores:

1 Comisión que cobran las Casas de Valores por efectuar las negociaciones.
2 Comisión por la administración de portafolios de valores o dineros de terceros para invertirlos en instrumentos del Mercado de Valores de acuerdo con las instrucciones de sus comitentes.
3 Comisión en operaciones de underwriting o suscripción de una emisión o parte de ella, para su posterior reventa en el mercado, con personas jurídicas del sector público, del sector privado y con fondos colectivos.
4 Comisión por asesoría e información en materia de finanzas, valores, estructuración de portafolios de valores, fusiones, escisiones, adquisiciones, negociación de paquetes accionarios, compra y venta de empresas, y otras operaciones del mercado de valores.
5 Comisión por realizar operaciones de reporto bursátil.
6 Comisión por efectuar las operaciones de corretaje de valores de renta variable o renta fija de los sectores público y privado, inscritos en Bolsas de Valores.
7 Comisión por celebrar convenios de corresponsalía con intermediarios de valores de otros países.
8 Comisión por celebrar convenios de referimiento con intermediarios de valores de otros países.
9 Comisión por estructurar procesos de emisión de valores negociables en el Mercado de Valores.

 

Para los depósitos centralizados de compensación y liquidación de valores:

1 Comisión por recibir depósitos de valores inscritos en el Catastro Público del Mercado de Valores y encargarse de su custodia y conservación hasta su restitución a quien corresponda.
2 Comisión por registro de emisiones a corto y largo plazo.
3 Comisión en la liquidación y compensación de los valores depositados que se negocien en Bolsa de Valores.
4 Comisión por efectuar la desmaterialización de los valores inscritos en el Catastro Público del Mercado de Valores mediante su anotación en cuenta.
5 Comisión por actuar como agente pagador de emisiones desmaterializadas autorizadas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
6 Comisión por prestar los servicios de agencia numeradora.
7 Comisión por fraccionamiento y consolidación de valores.

Para las Administradores de Fondos y Fideicomisos: 

1

Comisión por administración de fondos de inversión y fideicomisos mercantiles de titularización y de inversión.

03.10.2016

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