Se recuerda a los contribuyentes que en el mes de abril de 2026, las sociedades nacionales y extranjeras domiciliadas en el Ecuador deberán declarar y pagar el Impuesto a la Renta (IR) correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
El Impuesto a la Renta grava las rentas de fuente ecuatoriana obtenidas por las sociedades durante el ejercicio fiscal, incluyendo ingresos ordinarios, extraordinarios y aquellos sujetos a ajustes conforme a la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento. La declaración debe presentarse aun cuando la sociedad no haya generado impuesto a pagar, siempre que se encuentre obligada a declarar, según el noveno dígito de la cédula o RUC, conforme al siguiente detalle:
| Noveno dígito de la cédula/RUC | Fecha máxima |
| 1 | 10 de abril |
| 2 | 12 de abril |
| 3 | 14 de abril |
| 4 | 16 de abril |
| 5 | 18 de abril |
| 6 | 20 de abril |
| 7 | 22 de abril |
| 8 | 24 de abril |
| 9 | 26 de abril |
| 0 | 28 de abril |
Las sociedades domiciliadas en la provincia de Galápagos podrán presentar su declaración hasta el 28 de abril, sin aplicación del calendario por noveno dígito.