El Consejo Nacional de Aviación Civil (CNAC) reforma el Reglamento de Permisos de Operación para vuelos chárter

El Consejo Nacional de Aviación Civil (CNAC) emitió la Resolución No. 001/2026, publicada en el Registro Oficial Nº 239 del 9 de marzo de 2026, mediante la cual introduce dos cambios importantes en la normativa aeronáutica ecuatoriana.

Respecto a la primera reforma, el CNAC incorpora un artículo innumerado al Reglamento de Permisos de Operación para la Prestación de los Servicios de Transporte Aéreo Comercial, que establece que las aerolíneas nacionales o extranjeras titulares de un permiso de operación no regular en la modalidad de chárter deberán cancelar las tasas de servicio aeroportuario dentro de los diez (10) primeros días de cada mes, correspondientes a los vuelos efectuados el mes anterior. El incumplimiento en el pago generará intereses conforme al Código Tributario, sin perjuicio de la acción coactiva.

En cuanto a la segunda reforma, el CNAC elimina la palabra previamente del Artículo 14 de la Resolución CNAC No. 066/2010, flexibilizando así el momento en que el solicitante debe cancelar los derechos por trámites de certificados y permisos de operación ante la Dirección General de Aviación Civil (DGAC).


Suscríbete a nuestro boletín semanal para recibir noticias de actualidad legal:
Conectemos en:

16.03.2026

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

28.06.2026

El SRI establece el procedimiento para emitir certificados de inversión audiovisual con beneficio tributario

28.06.2026

La Superintendencia de Compañías regula la transformación de clubes deportivos en sociedades anónimas deportivas

22.06.2026

El Ministerio de Salud Pública establece un nuevo modelo obligatorio de salud ocupacional (SISAT)

22.06.2026

El Ejecutivo reconoce la existencia de un conflicto armado interno en Ecuador