Mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-195, de 15 de diciembre de 2025, el Ministerio del Trabajo fijó el salario básico unificado (SBU) del trabajador en general para el año 2026. El acuerdo fue publicado en el Registro Oficial, Suplemento No. 187, de jueves 18 de diciembre de 2025, y rige a partir del 1 de enero de 2026.
Contenido del acuerdo
El artículo único del acuerdo establece que el salario básico unificado del trabajador en general se fija en cuatrocientos ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América (USD 482,00). Este monto aplica, de manera expresa, a los siguientes grupos de trabajadores:
- Trabajadores de la pequeña industria.
- Trabajadores agrícolas.
- Trabajadores de maquila.
- Trabajadores remunerados del hogar.
- Operarios de artesanías.
- Colaboradores de la microempresa.
Alcance de la disposición general
La disposición general única del acuerdo recuerda que, conforme a lo previsto en el Código del Trabajo, los sueldos y salarios pueden estipularse libremente entre las partes; sin embargo, en ningún caso podrán ser inferiores al salario básico unificado fijado para 2026. Este criterio se alinea con las reglas generales del régimen laboral ecuatoriano sobre salario mínimo legal.
Con este acuerdo, el Ministerio del Trabajo define el piso salarial obligatorio que regirá para todas las relaciones laborales sujetas al Código del Trabajo durante el año 2026.