Mediante la Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000037, el Servicio de Rentas Internas (SRI) reformó las reglas aplicables a la inscripción y actualización del Registro Único de Contribuyentes (RUC), incorporando nuevos requisitos para las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro (OSSFL).
La reforma responde a los cambios introducidos por la Ley Orgánica de Transparencia Social, normativa que creó el Sistema Unificado de Información de Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro, una plataforma nacional destinada a fortalecer la supervisión y control de estas entidades.
La reforma añade los siguientes requisitos para las OSSFL:
| Trámite | Ahora |
|---|---|
| Inscripción de RUC (OSSFL) | Debe presentarse el certificado actualizado del Registro en el Sistema Unificado de Información de OSSFL |
| Actualización de RUC (OSSFL) | Debe presentarse el mismo certificado actualizado |
| Registro de alojamiento turístico en Galápagos | El solicitante debe constar previamente en el Registro de Turismo |
Excepciones
- No se exigirá acreditar el certificado cuando el SRI pueda verificarlo por interoperabilidad con el sistema del Ministerio de Gobierno.
- No se exigirá cuando el organismo regulador certifique que la organización no debe incluirse en el Sistema Unificado.