Mediante el Acuerdo Ministerial No. MDH-DM-2026-0020-A, el Ministerio de Desarrollo Humano expidió la normativa que operativiza el mecanismo de deducibilidad adicional del 150% en el impuesto a la renta aplicable a auspicios y patrocinios entregados a entidades sin fines de lucro que desarrollen proyectos relacionados con desnutrición crónica infantil, atención a personas con discapacidad y protección de niños, niñas y adolescentes.
La normativa unifica y sustituye los procedimientos que anteriormente se encontraban dispersos en varios instrumentos administrativos, creando un régimen único de calificación, ejecución y certificación para acceder al beneficio tributario.
Proyectos que podrán acceder al incentivo
El mecanismo aplica a proyectos ejecutados por entidades sin fines de lucro que se enfoquen en:
- Erradicación o reducción de la desnutrición crónica infantil.
- Atención a madres gestantes y en lactancia.
- Atención a personas con discapacidad.
- Cuidado, defensa y protección de niños, niñas y adolescentes.
Para participar, las entidades deberán acreditar personalidad jurídica, cumplimiento tributario y patronal, experiencia mínima de doce meses en la temática correspondiente y presentar un proyecto con cronograma y presupuesto detallado.
Procedimiento para acceder al beneficio tributario
El acuerdo establece cuatro etapas principales:
| Etapa | Descripción |
|---|---|
| Postulación | Presentación del proyecto por la entidad sin fines de lucro |
| Calificación | Evaluación técnica y aprobación por la entidad competente |
| Reserva de cupo | Confirmación previa del patrocinio dentro del límite anual autorizado |
| Certificación | Emisión del certificado que permite aplicar la deducción tributaria |
Requisitos para los patrocinadores
Los patrocinadores podrán ser personas naturales o jurídicas que efectúen aportes monetarios, en bienes o en servicios para proyectos previamente calificados.
Para obtener la certificación deberán presentar:
- Confirmación de reserva de cupo.
- Comprobantes de pago o entrega del patrocinio.
- Facturas y documentación tributaria de respaldo.
- Documentos de valoración cuando los aportes consistan en bienes o servicios.
Límites y controles
Entre los principales controles establecidos por el Ministerio destacan:
- Los proyectos podrán ejecutarse por un plazo máximo de dos años.
- Los gastos administrativos no podrán superar el 15% del valor total del proyecto.
- Los proyectos que no obtengan patrocinio durante seis meses serán dados de baja.
- Las entidades deberán presentar informes periódicos técnicos y financieros sobre la ejecución de los recursos.
El Ministerio de Desarrollo Humano será la entidad encargada de emitir el certificado de deducibilidad, documento indispensable para que el patrocinador pueda aplicar la deducción adicional del 150% prevista en la Ley de Régimen Tributario Interno.