Tarifa 0% de ISD para las aerolíneas extranjeras en Ecuador

Mediante Decreto Ejecutivo No. 182, de 2 de septiembre de 2021, el Presidente de la República estableció que las aerolíneas extranjeras autorizadas para operar en el Ecuador gozarán de una tarifa del 0% en el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) que se genere por la transferencia, envío o traslado de divisas hacia el exterior.

Para beneficiarse de la tarifa antes mencionada, las aerolíneas extranjeras deberán contar con el documento que las acredite como tales y les permita explotar un servicio internacional, ya sea de pasajeros, carga y correo en forma combinada o de carga exclusiva en el Ecuador, debidamente emitido por su Autoridad Aeronáutica.

El Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. El Decreto otorga al Servicio de Rentas Internas (SRI) 15 días para que emita la normativa correspondiente para la aplicación de este beneficio.

05.09.2021

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

17.02.2025

Superintendencia de Protección de Datos Personales absuelve las 5 primeras consultas sobre protección de datos

17.02.2025

Pago de remuneración en días de incapacidad: pronunciamiento de la PGE

17.02.2025

SRI habilita formulario para declaración de transacciones exentas de ISD o IVA

17.02.2025

Superintendencia de Protección de Datos Personales aprueba su Plan Regulatorio Institucional 2025