Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000004, el Servicio de Rentas Internas (SRI) resolvió ampliar el plazo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias que tienen vencimiento entre el 16 y el 22 de enero de 2021. Esto, debido a intermitencias presentadas en su página web que han dificultado la presentación de declaraciones y el cumplimiento de otras obligaciones.
El calendario en el que deberán cumplirse las obligaciones antedichas consta a continuación:
Vencimiento original |
Nuevo vencimiento |
16 y 17 de enero de 2021 (que por ampliación de normativa tributaria se traslada a 18 de enero) |
27 de enero de 2021 |
18 de enero de 2021 |
29 de enero de 2021 |
19 de enero de 2021 |
1 de febrero de 2021 |
20 de enero de 2021 |
2 de febrero de 2021 |
21 de enero de 2021 |
3 de febrero de 2021 |
22 de enero de 2021 |
4 de febrero de 2021 |