El 23 de marzo entró en vigencia la Norma sobre la Constitución de Fideicomisos Mercantiles en Garantía sobre Vehículos, expedida por la Junta de Regulación Monetaria y Financiera.
La norma prohíbe:
- La constitución de fideicomisos mercantiles en garantía sobre vehículos livianos, esto es, los que tienen un peso menor a 3.5 toneladas y están destinados al transporte de personas o bienes; por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
- La constitución de fideicomisos mercantiles en garantía sobre todo tipo de vehículos, sin distinción de tonelaje o finalidad, sea para transporte público o privado de personas o bienes; por instituciones del sistema financiero.
La prohibición no es aplicable a las maquinarias o equipos que se utilicen en actividad productiva.