Se prohíbe la constitución de fideicomisos mercantiles en garantía sobre vehículos livianos

El 23 de marzo entró en vigencia la Norma sobre la Constitución de Fideicomisos Mercantiles en Garantía sobre Vehículos, expedida por la Junta de Regulación Monetaria y Financiera.

La norma prohíbe:

  • La constitución de fideicomisos mercantiles en garantía sobre vehículos livianos, esto es, los que tienen un peso menor a 3.5 toneladas y están destinados al transporte de personas o bienes; por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
  • La constitución de fideicomisos mercantiles en garantía sobre todo tipo de vehículos, sin distinción de tonelaje o finalidad, sea para transporte público o privado de personas o bienes; por instituciones del sistema financiero.

La prohibición no es aplicable a las maquinarias o equipos que se utilicen en actividad productiva.

Publicado: 3 abril, 2017

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