Se retoman ciertas actividades en los Registros Mercantiles

Mediante resolución No. 008-NG-DINARDAP-2020, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos reguló el procedimiento de inscripciones de actos y contratos mercantiles y societarios realizados por los Registros Mercantiles a nivel nacional, que puedan habilitarse a través del uso de las tecnologías de la información y comunicación.

La resolución es aplicable a los trámites de inscripción que llevan a cabo los Registros Mercantiles que usen plataformas tecnológicas en la sustanciación de los trámites de inscripción de actos y contratos mercantiles y/o societarios.

En lo principal, la resolución establece lo siguiente:

  1. Se dispone la habilitación de los trámites de inscripción de actos y contratos mercantiles y/o societarios, priorizados o que se vayan a priorizar, a través del uso de la plataforma “GOB.EC” u otras tecnologías de la información y comunicación que puedan cumplir con la misma finalidad.
  2. El acceso a los trámites ciudadanos habilitados en la plataforma “GOB.EC”, se realizará a través de la carga de los datos requeridos en un formulario preestablecido en el cual se especificará la siguiente información:
    1. Identificación de los intervinientes;
    2. Identificación del trámite de inscripción requerido;
    3. Identificación de quién solicita el trámite, si lo realiza a nombre de un tercero deberá justificar su comparecencia;
    4. Lugar de notificaciones;
    5. Declaración responsable;
    6. Detalle de documentación habilitante; y,
    7. Uso de firma electrónica por parte del interviniente, su representante legal o persona legalmente habilitada para solicitar el trámite de inscripción.
  3. Los usuarios que soliciten la inscripción de actos y contratos mercantiles y/o societarios a través del uso de las tecnologías de la información y comunicación, deberán hacer uso de firma electrónica para suscribir el formulario que contiene la declaración responsable.
  4. Se aprueba la publicación de manera inmediata en la plataforma “GOB.EC”, de los siguientes trámites:
    1. Inscripción de nombramientos;
    2. Inscripción de contrato de compra venta con reserva de dominio; y,
    3. Cancelación de inscripción de contrato de compra venta con reserva de dominio.

Publicado: 26 abril, 2020

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