Reformas a las normas de segmentación de créditos productivos y microcréditos

Por: Susana Recalde


El 15 de noviembre de 2023, la Junta de Política y Regulación Financiera expidió la Resolución No. JPRF-F-2023-086, la cual reforma los rangos de segmentación de los microcréditos y créditos productivos. Los nuevos parámetros se encuentran vigentes desde el 1 de marzo de 2024

La Resolución introduce cambios a las “Normas que regulan la segmentación de la cartera de crédito de las entidades del sistema financiero nacional” contenidas en la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros. Dichos cambios impactan a la segmentación de los créditos productivos y los microcréditos.

Créditos productivos 

Estos son aquellos otorgados a personas naturales o jurídicas, destinados a la adquisición de bienes y servicios para actividades productivas o comerciales. Los créditos productivos tienen subsegmentos (productivo corporativo, productivo empresarial y productivo pymes) en función de las ventas anuales de la persona natural o jurídica que los solicita. La Resolución modificó los valores de ventas anuales aplicables a cada subsegmento. A continuación se reflejan los cambios aplicables:

SegmentaciónValores anterioresValores actualizados (tras la reforma)
Crédito Productivo  (en general)Personas jurídicas o personas naturales con ventas anuales superiores USD 100.000,00Personas jurídicas o personas naturales con ventas anuales superiores USD 300.000,00
Crédito Productivo Corporativo Personas jurídicas o personas naturales obligadas a llevar contabilidad con ventas anuales superiores USD 5.000.000,00Personas jurídicas o personas naturales con ventas anuales superiores USD 7.000.000,00
Crédito Productivo Empresarial Personas jurídicas o personas naturales obligadas a llevar contabilidad con ventas anuales superiores USD 1.000.000,00 y hasta 5.000.000,00Personas jurídicas o personas naturales con ventas anuales superiores USD 1.500.000,00 y hasta USD 7.000.000,00
Crédito Productivo PYMES Personas jurídicas o personas naturales con ventas anuales superiores USD 100.000,00 y hasta 1.000.000,00Personas jurídicas o personas naturales con ventas anuales superiores USD 300.000,00 y hasta USD 1.500.000,00


Microcréditos

Estos son aquellos otorgados a una persona natural o jurídica o a un grupo de prestatarios con garantía solidaria, destinado a financiar actividades de producción y/o comercialización en pequeña escala, cuya fuente principal de pago la constituye el producto de las ventas o ingresos generados por dichas actividades, verificados adecuadamente por las entidades del Sistema Financiero Nacional. Los microcréditos tienen subsegmentos (microcrédito minorista, microcrédito de acumulación simple y microcrédito de acumulación ampliada) en función de las ventas anuales de la persona natural o jurídica que los solicita. La Resolución modificó los valores de ventas anuales aplicables a cada subsegmento. A continuación se reflejan los cambios aplicables:


SegmentaciónValores anterioresValores actualizados (tras la reforma)
Microcrédito (en general)Personas jurídicas o personas naturales con ventas anuales inferiores o igual USD 100.000,00Personas jurídicas o personas naturales con ventas anuales inferiores o igual USD 300.000,00
Microcrédito MinoristaPersonas jurídicas o personas naturales con ventas anuales inferiores o igual USD 5.000,00Personas jurídicas o personas naturales con ventas anuales inferiores o igual USD 20.000,00
Microcrédito de Acumulación SimplePersonas jurídicas o personas naturales con ventas anuales superiores USD 5.000,00 y hasta 20.000,00Personas jurídicas o personas naturales con ventas anuales superiores USD 20.000,00 y hasta USD 120.000,00
Microcrédito de Acumulación AmpliadaPersonas jurídicas o personas naturales con ventas anuales superiores USD 20.000,00 y hasta 100.000,00Personas jurídicas o personas naturales con ventas anuales superiores USD 120.000,00 y hasta USD 300.000,00

En las Disposiciones Generales de la Resolución se explica que estos nuevos rangos de segmentación de cartera serán aplicados para las operaciones de crédito futuras, mientras que las anteriores a la expedición de la resolución se regirán bajo el segmento determinado en el momento de la concesión.

25.03.2024

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