El Presidente de la República del Ecuador, mediante Decretos Ejecutivos No. 841 y 843, decretó Estado de Excepción a nivel nacional, por grave conmoción interna. La medida encuentra fundamento en el “motivo del incremento de la actividad criminal a nivel nacional”. La declaratoria de estado de excepción tendrá la vigencia de sesenta días e implica la movilización en todo el territorio nacional de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
Además, se encuentra limitado el derecho a la inviolabilidad de domicilio e inviolabilidad de correspondencia, única y exclusivamente para fiscalizar armas y explosivos, desactivar amenazas en curso, prevenir posibles atentados y actos violentos, e impedir la propagación de acciones violentas.