Las facturas por compras superiores a $50,00 deberán contar con la identificación del adquirente

Desde el 10 de noviembre de 2022 se encuentra vigente el requisito de que las facturas por transacciones superiores a $50,00 (cincuenta dólares) cuenten con la identificación del adquirente con sus nombres y apellidos, denominación o razón social y número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) o cédula de identidad o pasaporte. Únicamente las facturas por transacciones de un monto menor al indicado podrán contener la leyenda “consumidor final”.

Este requisito fue introducido en una reforma al Reglamento de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios, dada mediante Decreto Ejecutivo No. 586, publicado en el Registro Oficial No. 186 de 10 de noviembre de 2022.

20.11.2022

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

03.02.2025

Se declara la inconstitucionalidad de la Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos en Ecuador

03.02.2025

Ecuador elimina pena privativa de libertad por exceder límites de velocidad fuera del rango moderado

03.02.2025

En Ecuador, el IVA en alimentos para mascotas se reduce al 0% desde febrero de 2025

03.02.2025

Corte Nacional de Justicia establece precedente obligatorio sobre la improcedencia de la bonificación por desahucio en caso de retiro voluntario