Mediante Decreto Ejecutivo 1264, de 9 de marzo de 2021, el Presidente de la República expidió el Reglamento General a la Ley Orgánica para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica. Esta ley entró en vigencia en mayo de 2020 y tiene por objeto regular la planificación de la circunscripción amazónica y su ordenamiento territorial, establecer políticas, lineamientos y normativas especiales para garantizar el desarrollo humano y el respeto a los derechos de la naturaleza, entre otros. Su entrada en vigencia trajo importantes reformas a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley de Minería.
El Reglamento tiene por objeto regular la aplicación de las disposiciones de la ley y es de obligatorio cumplimiento para todas las instituciones públicas, personas naturales o jurídicas, organizaciones, pueblos y nacionalidades que desarrollan actividades en la Circunstripción Territorial Especial Amazónica, que comprende las provincias de Morona Santiago, Napo, Orellana, Pastaza, Sucumbíos y Zamora Chinchipe.
Entre los aspectos más relevantes de este reglamento consta la regulación relativa al empleo preferente. La ley estableció que los residentes de la Circunscripción serán considerados de manera preferente para la contratación o concurso público de méritos y oposición en las entidades del sector público y del sector privado. Por su parte, el reglamento establece los requisitos para la calificación de la residencia amazónica.
En el siguiente enlace podrá encontrar el texto íntegro del Reglamento: Decreto Ejecutivo No. 1264