El SRI actualiza los rangos de las tablas establecidas para liquidar el Impuesto a la Renta en 2020

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC19-00000063, el Servicio de Rentas Internas (SRI) establece los rangos de las tablas para liquidar el impuesto a la renta de las personas naturales, sucesiones indivisas, incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos para el 2020.

Personas naturales y sucesiones indivisas

Para liquidar el Impuesto a la Renta en el caso de las personas naturales y de las sucesiones indivisas, se aplicará a la base imponible las siguientes tarifas:

AÑO 2020

En dólares

Fracción Básica Exceso hasta Impuesto sobre la fracción básica % Impuesto sobre la fracción excedente
0 11.315,00 0%
11.315,01 14.416,00 5%
14.416,01 18.018,00 155 10%
18.018,01 21.639,00 515 12%
21.639,01 43.268,00 950 15%
43.268,01 64.887,00 4.194 20%
64.887,01 86.516,00 8.518 25%
86.516,01 115.338,00 13.925 30%
115.338,01 En adelante 22.572 35%

 

Impuesto a la Renta para herencias, legados y donaciones

Los beneficiarios de ingresos provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos, pagarán el impuesto, aplicando a la base imponible las tarifas contenidas en la siguiente tabla:

AÑO 2020

En dólares

Fracción Básica Exceso hasta Impuesto sobre la fracción básica % Impuesto sobre la fracción excedente
0 72.090,00 0%
72.090,01 144.180,00 5%
144.180,01 288.361,00 3.605 10%
288.361,01 432.571,00 18.023 15%
432.571,01 576.772,00 39.654 20%
576.772,01 720.952,00 68.494 25%
720.952,01 865.113,00 104.539 30%
865.113,01 En adelante 147.787 35%

 

La Resolución fue publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 108, de 26 de diciembre de 2019.

01.01.2020

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