Mediante Decreto Ejecutivo, el Ecuador adopta política de cielos abiertos para transporte aéreo

Mediante Decreto Ejecutivo No. 256, el Presidente de la República adoptó como política pública nacional la plena liberalización del transporte aéreo por parte del Ecuador, a excepción de tráfico de cabotaje.

El Decreto Ejecutivo establece que la negociación de derechos de tráfico aéreo estará sujeto al análisis particular de cada caso; y que los acuerdos de transporte aéreo existentes se renegociarán en los términos del decreto, es decir, observando la política de cielos abiertos, siempre que las partes involucradas lo consideren oportunos.

En la negociación de dichos convenios se deberá respetar el principio de la libre y sana competencia, garantizando la prestación permanente de servicios y previniendo las prácticas desleales o abuso de posiciones dominantes o monopólicas.

Además, el decreto establece que los aeropuertos internacionales que serán materia de negociación de estos convenios corresponderán exclusivamente a aquellos que se encuentren en el Ecuador continental; es decir, se excluye a Galápagos.

En el siguiente enlace podrá acceder al texto completo del Decreto: Decreto_256

02.01.2018

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

21.04.2025

Nuevo criterio obligatorio sobre los efectos del recurso de casación en materia contencioso administrativa

21.04.2025

Nuevo criterio obligatorio sobre citaciones judiciales en inmuebles con propiedad horizontal

14.04.2025

Se suspende la jornada laboral del jueves 17 de abril de 2025 para los sectores público y privado

13.04.2025

Reducción temporal de la tarifa del IVA en las actividades turísticas en Ecuador (abril 2025)