Mediante Decreto Ejecutivo 178, el Presidente de la República agregó un artículo al Decreto Ejecutivo 135, por medio del cual se expidieron las normas de optimización y austeridad del gasto público; vigente desde septiembre de 2017.
El artículo agrega una medida adicional de austeridad del gasto público, específicamente con respecto a la asignación y uso de teléfonos celulares. Dispone que para el caso de la Función Ejecutiva, se autoriza la asignación y uso de teléfonos celulares institucionales únicamente al grado 7 y superiores de la Escala de Remuneración Mensual Unificada del Nivel Jerárquico Superior. Se prohíbe de manera expresa la asignación y utilización por parte de los grados inferiores. En el caso de las Empresas Públicas creadas por Decreto Ejecutivo la asignación será solo para las Gerencias Generales.
El Secretario General de la Presidencia de la República, previa justificación de la necesidad institucional, podrá establecer excepciones a las restricciones establecidas en el presente artículo.