Mediante Resolución No. DGAC-YA-2017-0120-R, la Dirección General de Aviación Civil expide las «Disposiciones para la Aprobación, Control y Cumplimiento de Itinerarios». Las disposiciones establecen los requisitos que deben cumplir los Operadores Aéreos para:
- Obtener una carta de aprobación de itinerarios
- Notificar demoras o cancelaciones de vuelos de itinerario
- Justificar demoras o cancelaciones de vuelos de itinerario
Sin perjuicio del cumplimiento de las «Disposiciones para Compensación a usuarios por retrasos de vuelos», estas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para todos los Operadores Aéreos, Nacionales o Extranjeros que poseen una Concesión o Permiso de Operación vigente para explotar el Servicio de Transporte Aéreo Público Regular de pasajeros, carga y correo en forma combinada, que efectúan sus operaciones dentro, hacia y desde territorio ecuatoriano en rutas domésticas o internacionales autorizadas por el Consejo Nacional de Aviación Civil del Ecuador (CNAC).
En lo principal, la resolución:
- Establece el procedimiento para la obtención de la Concesión o Permiso de Operación otorgado por el CNAC
- Establece el procedimiento para obtener una Carta de Aprobación de Itinerarios emitida por la DGAC
- Determina el mecanismo de control del cumplimiento de los itinerarios aprobados
- Regula el procedimiento de solicitud de cancelación de vuelos de itinerarios.
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