El 3 de mayo de 2017, el Pleno de la Asamblea Nacional del Ecuador aprobó la denuncia de 12 Tratados Bilaterales de Inversión (TBIs), con China, Chile, Venezuela, Países Bajos, Suiza, Canadá, Argentina, Estados Unidos, España, Perú, Bolivia e Italia. La denuncia, que consiste en un procedimiento formal que aspira a dejar por terminado un TBI celebrado entre dos Estados, se fundamenta en el dictamen de la Corte Constitucional en el que se determinó que los TBIs no se ajustan a los mandatos de la Constitución del 2008, puesto que permiten la transferencia de jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional; situación que se encuentra expresamente prohibida por el artículo 422 de la Constitución:
Art. 422.- No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas.
La denuncia no genera, en todos los casos, una terminación inmediata de sus efectos, puesto que algunos tratados requieren de un plazo de notificación previa para poder darse por terminado.